MODULO II
MODULO III
MODULO IV
BIBLIOGRAFIA
   

 

 

 

MODULO I. ¿De qué hablamos cuando hablamos de Pueblos Indígenas?

UNIDAD 1. PUEBLOS INDIGENAS

PUEBLOS EN AISLAMIENTO VOLUNTARIO O DE CONTACTO INICIAL

Los miembros de los pueblos en aislamiento y en contacto inicial, gozan de todos los derechos humanos que están contenidos en los estándares internacionales y deben  promoverse y respetarse en atención a su elección de vida, sus modelos de desarrollo y su particular vulnerabilidad. Sobre todo aquellos que aseguren su integridad física, psíquica y moral, su autodeterminación, sus territorios y recursos, ysu cultura.

  • El derecho de autodeterminación, incluido en la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas, se refiere al respeto a su elección de vivencia física y cultural, según sus usos y costumbres. La decisión de permanecer en aislamiento puede ser una forma de elección de vida, de autodeterminación
  • El derecho al territorio, inserto en la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas, y en el Convenio número 169 de la OIT, es un aspecto fundamental en el caso de los pueblos en aislamiento y contacto inicial, porque el desarrollo de su vivencia está en total comunión con el medio ambiente que les rodea, el que les alimenta y protege y al que ellos respetan y cuidan y en el que han vivido históricamente.
  • El derecho a la cultura, mencionado en el  Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales y en la Declaración de las Naciones Unidas,  contribuye a preservar y a practicar sus tradiciones y costumbres culturales. Su cultura, tradiciones, costumbres y conocimientos sobre la supervivencia y el cuidado y preservación del medio ambiente, están en peligro de desaparecer si no se toman acciones que garanticen su vida en sus espacios territoriales y de acuerdo a su autodeterminación.

 

loi